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sábado, abril 27, 2024

El reconocimiento de derechos y la Resolución 572-07       

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Por más de 19 años, los anteriores y actuales miembros del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), han violado de manera continua y deliberada derechos fundamentales, adquiridos y laborales a servidores públicos aparados por la Ley 379-81, así como por los artículos 35, 38 y 39 de la Ley 87-01. A juzgar por los hechos, el reconocimiento y la defensa de los derechos de los afiliados de la seguridad social, no es relevante para los integrantes del CNSS.

Históricamente, la violación de derechos alrededor del CNSS, se ha centrado en la toma de decisiones y en la aprobación de resoluciones adversas a los considerandos y principios rectores que sirven de sustento al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). Además, este organismo ha incurrido en interpretaciones erradas, mal intencionadas y maliciosas de determinadas disposiciones establecidas en la Ley 87-01.

Es innegable, la Ley 87-01, la cual crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), contempla disposiciones legales positivas, las que, de aplicarse de manera objetiva, equitativa y transparente, pudiesen agregar valor a la calidad de vida de los ciudadanos. En este orden, resulta que los intereses económicos y políticos de los sectores que deciden y aprueban resoluciones dentro y fuera de los ámbitos técnicos y administrativos del CNSS, son más relevantes y prioritarios que los derechos y necesidades que rodean a los afiliados a la seguridad social.

Lo que está a la vista no se pregunta. La toma de decisiones desacertadas, los conflictos de intereses, la ineficacia de la burocracia y la desarticulación entre las entidades que integran el Sistema Dominicano de Seguridad Social, son algunas de las fuerzas restrictivas que han contribuido a prostituir y a desenfocar al órgano rector de la seguridad social dominicana. ¿Qué sucede cuando a alguien se le ocurre la idea de asignarle al gato la tarea de cuidar el queso?

Sin duda, en cualquier parte del mundo, para que la seguridad social sea un factor de alto valor agregado al desarrollo humano, es imprescindible que ésta sea planificada, gestionada y controlada desde la solidaridad y el interés público, no desde la perspectiva rentista. La debilidad y amenaza más notables que tiene el Sistema Dominicano de Seguridad Social actual, son el rol influenciador y el poder de veto que poseen las AFP, las ARS y los Proveedores de Servicios de Salud (PSS), tanto dentro como fuera del CNSS. Amarrar perros con longaniza, siempre será una mala decisión.

El hecho de que una proporción significativa de servidores públicos haya tenido que reclamar por más de 19 años un derecho fundamental, adquirido y laboral, sin lugar a ninguna duda, habla bastante mal del estado de derecho en RD. Para lograr que el actual Consejo Nacional de Seguridad Social reconociera el derecho a miles de servidores públicos amparados por la Ley 379-8, los artículos 35, 38 y 39 de la Ley 87-01, así como por el artículo 8 de la Constitución de la República, fue necesario que fuerzas impulsoras internas y externas coincidieran. Por ejemplo:

·         Creación del Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP), el cual reclamó con determinación y argumento irrebatible, el derecho adquirido que tienen aquellos ciudadanos que trabajan en una entidad del Estado desde antes del primero de junio de 2003, sin importar su edad biológica.

·         La designación del Dr. Edward Guzmán, como Gerente General del Consejo Nacional de Seguridad Social, el cual posee una concepción correcta y moderna del servidor público. Él piensa, decide, actúa, habla y se relaciona como el servidor público que honra la administración pública. La Gerencia General del CNSS, a través de su Dircom, señora Matty Vásquez, facilitó el diálogo sincero y transparente con los directivos del MOPESEP. El presidente Luis Abinader Corona, necesita en la administración pública a muchos Edward Guzmán P.

·         El firme y constante llamado de la directora general de la DIDA, licenciada Carolina Serrata Méndez, para que los miembros del CNSS autorizaran el traspaso de los servidores públicos amparados por la Ley 379-81, al Sistema de Reparto. Además, la valiente opinión técnica de la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), al Consejo Nacional de Seguridad Social, con respecto al reclamos del MOPESEP.

·         La actuación firme y decidida del ministro de trabajo y presidente del Consejo Nacional de Seguridad Social, licenciado Luis Miguel De Camps García-Mella, el cual realizó extraordinarios esfuerzos para que el CNSS emitiera la Resolución No. 572-07, con la que se reconoce el derecho adquirido de miles de servidores públicos amparados por la Ley 379-81.

·         El apego inquebrantable al reconocimiento de derechos, que caracteriza al viceministro de trabajo y presidente de la Comisión Permanente de Pensiones (CPP), licenciado Juan Antonio Estévez González. Estévez siempre reconoció que los reclamos del MOPESEP eran justos.

·         La alta y probada sensibilidad social y solidaria del presidente de la Fundación Justicia y Transparencia (JFT), Dr. Trajano Potentini, el que, como conocedor de los derechos constitucionales, acompañó al MOPESEP y se empoderó de los reclamos que éste ha hecho a los integrantes del órgano rector de la seguridad social.

·         La fructífera interacción entre el MOPESEP y algunos de los representantes del sector laboral en el Consejo Nacional de Seguridad Social. Específicamente con los licenciados: Julián Martínez (CNUS) y Freddy Rosario (CASC).

·         El apoyo mediático dado por ejecutivos y periodistas de los medios impresos, televisivos, radiales, así como de plataformas digitales, a los reclamos del MOPESEP.

Como se sabe, el jueves 6 de julio del presente año, el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), emitió la resolución No. 572-07, mediante la cual más de 20 mil servidores públicos podrán optar por un retorno voluntario al Sistema de Reparto. Hay que orar de rodillas al Padre, al Hijo y al Espíritu Santo, para que nunca jamás los servidores públicos tengan que esperar más de 19 años para que se les reconozcan derechos.

Es oportuno que los directivos y miembros del Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP), asuman lo que ha dicho el doctor Trajano Potentini, presidente de la Fundación Justicia y Transparencia: “hay que estar vigilantes para que los incumbentes de las entidades de la seguridad social cumplan, en los tiempos establecidos, con todas y cada una de las disposiciones establecidas en la Resolución No. 572-07.

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